Competencias docentes

http://es.scribd.com/doc/221591/Competencias-docentes-MECD

Formador Ocupacional (ya derogado por Docencia formación para el empleo)

El Certificado de Profesionalidad de la titulación de Formador Ocupacional, anteriormente conocida como Formador de Formadores, y que en un futuro próximo pasará presumiblemente a llamarse Formador para el Empleo, viene establecido en el Real Decreto RD 1646/1997 de 31 de octubre.

En el se describe el perfil de competencia del Formador Ocupacional. En concreto se habla de:
      1. Competencia General
      2. Unidades de Competencias

Anteriormente el Real Decreto RD 797/1995, de 19 de mayo, había establecido las directrices de los Certificados de Profesionalidad y los correspondientes contenidos mínimos de la formación profesional ocupacional entre otras cosas. Así pues, si necesitais más información sobre lo que es un Certificado de Profesionalidad, podeis mirar en el enlace de arriba, o en nuestra sección de "Certificados de Profesionalidad".

Así pues, respecto a la Competencia General del Formador Ocupacional, el RD 1646/1997 de 31 de octubre dice así:

"Competencia general: El Formador Ocupacional desarrolla de manera sistemática y planifica acciones de formación con vistas a la adquisición de competencias profesionales de los destinatarios, en el marco de una política de formación. Programa su actuación de manera flexible coordinándola con el resto de acciones formativas y con los demás profesionales de la formación. Implementa las acciones formativas, acompaña y proporciona orientaciones para el aprendizaje y cualificación de los/as trabajadores/as. Evalúa los procesos y resultados del aprendizaje para mejorarlos y verifica el logro de los objetivos establecidos. Analiza el propio desempeño y los programas desarrollados. Incorporando los cambios en los procesos de formación según las exigencias del entorno, contribuyendo a la mejora de la calidad de la formación." RD 1646/1997 de 31 de octubre. Boletín Oficial de Estado.

Así pues, el Formador Ocuacional perteneciente a la familia profesional de la Docencia e Investigación.

Por otra parte, respecto a las Unidades de Competencia del Formador Ocupacional se dice lo siguiente:

"1. Programar acciones formativas vinculándolas al resto de las acciones de formación de la organización, de acuerdo con las demandas del entorno.

2.Proporcionar oportunidades de aprendizaje adaptadas a las características de los individuos o grupos y a sus necesidades de cualificación, así como acompañar y orientar, de manera contextualizada, el proceso de aprendizaje y la cualificación de los mismos.
3.Verificar y evaluar el nivel de cualificación alcanzado, los programas y las acciones de modo que permita la toma de decisiones para la mejora de la formación.

4.Contribuir activamente a la mejora de la calidad de la formación." RD 1646/1997 de 31 de octubre. Boletín Oficial de Estado.

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